Este fin de semana largo habrá restricción de tránsito pesado en las rutas bonaerenses
La Dirección de Vialidad de la provincia de Buenos Aires, entidad bajo la órbita del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, anunció que durante el feriado de carnaval, que abarca desde este viernes hasta el martes 13 y el jueves 15, se implementará una restricción a la circulación de camiones con una carga superior a las siete toneladas de peso bruto en varias vías importantes, incluyendo la Autovía 2, las Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y la Autopista Buenos Aires-La Plata. El propósito de esta medida es facilitar el desplazamiento de vehículos y prevenir accidentes en rutas turísticas.

En dirección hacia la Costa Atlántica, la restricción estará vigente desde las 18 horas hasta las 23:59 horas del día siguiente, tanto el sábado como el jueves 15. Además, el sábado, la restricción será de 6 a 14 horas. Para el regreso hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), las restricciones se aplicarán el martes y miércoles de 14 horas a medianoche.
Esta disposición afectará tramos específicos de la Autopista Buenos Aires-La Plata, desde CABA hasta La Plata, así como la Autovía 2 (RP 2), desde el kilómetro 40,5 del ramal Buenos Aires-Mar del Plata hasta el kilómetro 400 (Camet) de la Autopista Buenos Aires-La Plata. También incluye la Ruta Provincial 11, desde su intersección con la Ruta Provincial 36 (Pipinas) hasta el kilómetro 537 (Chapadmalal), según detalló la Dirección de Vialidad.
De igual modo, la restricción se aplicará en la RP 56, desde su intersección con la RP 11 (General Conesa) hasta el cruce con la RP 74 (General Madariaga); la RP 63, desde el distribuidor de tránsito con la RP 2 (Dolores) hasta la intersección con la RP 11 (Esquina de Crotto); y la RP 74, desde su intersección con la RP 56 (Maipú) hasta el cruce con la RP 11 (Pinamar).
Se exceptúan de esta prohibición los vehículos destinados al transporte de leche cruda, sus derivados y envases correspondientes, así como el transporte de animales vivos, pescado y mariscos, y productos frutihortícolas. También quedan exentos los vehículos de emergencia, transporte exclusivo de prensa, unidades móviles de televisión y grúas.