La Plata: Ex combatientes de Malvinas consiguieron un fallo para resguardar la Ley de Tierras

El decreto de necesidad y urgencia de Milei enfrenta otro obstáculo judicial El amparo colectivo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata ha sido aceptado por la justicia. Rodolfo Carrizo, su líder, comparte su perspectiva sobre esta decisión.


La declaración de Rodolfo Carrizo, líder del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, resalta la importancia de la reciente decisión judicial que favorece al amparo colectivo presentado por su organización. Este amparo cuestionaba la derogación de la Ley de Tierras incluida en el controvertido decreto de necesidad y urgencia (DNU) promulgado por el Presidente Javier Milei, el cual fue rechazado por el Senado la semana pasada y ahora espera tratamiento en la Cámara de Diputados.

El artículo 154 del mencionado DNU fue señalado como inconstitucional por los jueces de la Sala III de la Cámara Federal de La Plata, Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, quienes además ordenaron la reinscripción de la resolución en el Registro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El CECIM de La Plata había tomado una posición firme meses atrás ante las políticas del gobierno libertario, especialmente respecto al avance sobre la ley de Tierras. Presentaron un amparo colectivo ante los tribunales federales de la capital provincial, liderado por su equipo jurídico compuesto por Jerónimo Guerrero Iraola y Laurentin Alonso. Carrizo explica que su principal preocupación radica en el riesgo de extranjerización de la tierra en áreas limítrofes, citando ejemplos como el caso de Lago Escondido.

La evolución del caso fue tumultuosa. Aunque inicialmente el juez Ernesto Kreplak había admitido la acción colectiva y decretado una medida cautelar suspendiendo el artículo en cuestión, el juez titular Alberto Recondo rechazó la acción, argumentando falta de legitimación del CECIM. Sin embargo, la Cámara Federal de La Plata revocó esta decisión y reconoció la legitimidad del amparo colectivo, considerando que el caso involucra un bien colectivo e indivisible: la soberanía nacional.

Los jueces Vallefín y Lemos Arias criticaron la interpretación restrictiva de Recondo, subrayando que la derogación de la ley de Tierras amenaza la soberanía nacional, un tema que concierne particularmente a quienes defendieron el país en el pasado.

Carrizo destaca que la derogación de la ley de Tierras representa un riesgo para la integridad territorial y la soberanía nacional, especialmente en un contexto global de escasez de recursos básicos. También critica la decisión del gobierno de recurrir a un extenso DNU, argumentando que no existían circunstancias excepcionales que justificaran evitar los procedimientos legislativos ordinarios.

La declaración de inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU es vista como un paso importante para fortalecer el movimiento popular y defender la integridad del territorio nacional, especialmente en el contexto histórico de las Islas Malvinas, que han sido objeto de usurpación durante casi dos siglos.

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